Por Karina Gómez
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, Camp., a 17 de agosto de 2026.— Unas imágenes difundidas en redes sociales derivaron en una investigación ministerial. Un perro de edad avanzada fue localizado bajo la lluvia, acostado sobre la banqueta frente a un domicilio de la colonia México, después de que ciudadanos reportaron el caso al número de emergencias 911.
Fiscalía atiende el reporte ciudadano
Tras recibir el aviso, personal de la Fiscalía General del Estado de Campeche acudió al lugar. El vicefiscal Alexandro Brown Gantús se presentó en el predio y constató las condiciones del animal, que mostraba bajo peso aparente y un problema en la piel, según la información proporcionada sobre la intervención.
El perro no permitía que otras personas lo sujetaran y únicamente respondía a su propietaria. La mujer acudió al sitio y se encargó de trasladarlo a un lugar de resguardo, lo que permitió continuar con la atención del caso.
A partir de la intervención, el animal quedó relacionado con una carpeta de investigación. Sus propietarios deberán garantizarle atención veterinaria inmediata, mantenerlo dentro del hogar y evitar que vuelva a quedar expuesto a las condiciones que motivaron el reporte.

Darán seguimiento a la salud del perro
Personal de la Policía Ministerial dará seguimiento al estado del can. La Fiscalía también espera la ratificación de la denuncia para determinar si existen elementos suficientes para presentar el caso ante un juez de Control.
Mientras avanza el procedimiento, el perro deberá permanecer protegido dentro del domicilio y recibir atención veterinaria. El Ministerio Público analizará la información recabada para establecer si existieron negligencia, omisión o maltrato animal.
¿Qué sanciones contempla la ley?
El Código Penal del Estado de Campeche, con reforma vigente al 10 de abril de 2026, considera maltrato o crueldad animal distintas conductas por acción u omisión. Entre ellas se encuentran privar a un animal de protección contra la intemperie, atención médica o alojamiento adecuado, así como abandonarlo o desatenderlo durante periodos que comprometan su bienestar.
El artículo 382 establece penas de seis meses a tres años de prisión y multas de 100 a 200 Unidades de Medida y Actualización (UMA) para quienes incurran en esas conductas.
Con el valor de la UMA vigente en 2026, la multa equivale aproximadamente a un rango de 11 mil 730 a 23 mil 460 pesos. La legislación también contempla agravantes que pueden elevar las penas hasta en dos terceras partes cuando las lesiones ponen en peligro la vida del animal o provocan consecuencias graves.
Investigación permanece abierta
La Fiscalía General del Estado incluye los delitos contra los animales entre los hechos que pueden denunciarse mediante una predenuncia. La institución también señala que el número 911 ofrece atención las 24 horas para reportar emergencias.
El caso permanece bajo investigación. El Ministerio Público deberá determinar si existen responsabilidades y, en su caso, presentar los elementos ante la autoridad judicial competente, mientras continúa el seguimiento a las condiciones de salud y resguardo del perro.













