Por Staff
La distribución de los asuntos jurisdiccionales en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contempla reglas específicas para determinados procedimientos, además del turno aleatorio que opera como criterio general. El nuevo sistema automatizado establece las condiciones para asignar los expedientes, atender los impedimentos legales y determinar los returnos cuando un proyecto no obtiene los votos necesarios para su aprobación.
En condiciones ordinarias, los asuntos se distribuyen de manera aleatoria entre todas las ministras y los ministros del Máximo Tribunal. Este mecanismo forma parte de un modelo que sustituye el esquema anterior, basado en intervenciones manuales, mediante un algoritmo que estandariza las reglas de asignación conforme a la normativa vigente.
Entre las excepciones se encuentran los expedientes derivados de una Solicitud de Ejercicio de la Facultad de Atracción (SEFA) o de una Solicitud de Reasunción de Competencia (SRC). En estos casos, el turno se realiza únicamente entre las personas ministras que integraron la mayoría que decidió atraer o reasumir la competencia para conocer del asunto.
El sistema también determina cómo proceder cuando un proyecto no alcanza la mayoría necesaria para su aprobación. En esas circunstancias, el expediente se asigna nuevamente mediante un returno aleatorio, limitado a las ministras y los ministros que votaron en contra de la propuesta.
Los impedimentos legales constituyen otro supuesto contemplado en el mecanismo. Cuando una persona ministra está legalmente impedida para conocer de un expediente, queda excluida del proceso de asignación, de acuerdo con las reglas previstas para la distribución de los asuntos jurisdiccionales.
En cuanto a los expedientes relacionados, el sistema establece que estos se turnen a la ponencia que conoce del expediente principal. La medida busca mantener la continuidad en el tratamiento de los asuntos y la congruencia de las resoluciones correspondientes.
Además de estas disposiciones, el procedimiento contempla la intervención directa del Pleno. Cuando así lo determine durante una sesión, este órgano puede realizar directamente la asignación de un asunto, conforme a lo previsto en el nuevo mecanismo.
La implementación del sistema sustituye el procedimiento de distribución que requería intervenciones manuales y establece criterios objetivos, transparentes y verificables para el turno de los expedientes. Con este modelo, la SCJN busca fortalecer la imparcialidad y la eficiencia en la asignación de los asuntos que recibe.












